vert
atencion al ciudadano

• ¿Cómo se tramita una queja?

• El Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha, contesta mediante un acuse de recibo en el que se explica que el escrito de queja se ha recibido y que está siendo estudiado para decidir si puede ser admitido a trámite o no, es decir, si los hechos denunciados pueden ser investigados o no.

• Cada consulta conlleva un proceso de gestión específico para determinar si el asunto objeto de estudio se admite o no a trámite.

• Admisión a trámite: significa que después de estudiar el escrito y los documentos aportados, se decide investigar el caso para esclarecer si ha existido o no irregularidad en la actuación de algún o algunos organismos públicos. En este supuesto, el Defensor del Pueblo pedirá un informe a esos organismos públicos para conocer su versión de los hechos.

• No admisión a trámite: significa que después de estudiar el escrito y los documentos aportados no se deduce que se esté produciendo algún tipo de irregularidad y, en consecuencia, no se iniciará ninguna investigación sobre los hechos denunciados. En este supuesto, el Defensor indicará las razones del rechazo e informará a la persona interesada sobre otras vías que podría iniciar para intentar la solución de su problema.

• Si el escrito de queja fue admitido a trámite, la persona recibirá puntual información sobre todos y cada uno de los trámites de que consta el procedimiento de tramitación de la queja: petición de informe al organismo público correspondiente, contenido de la respuesta, petición de alegaciones u opinión sobre el contenido de la respuesta etc.

• En cualquier momento, puede dirigirse a la Oficina de Atención al Ciudadano a para conocer el estado de tramitación de su expediente de queja o realizar cualquier consulta o aclaración sobre el mismo.

• Mientras dura la investigación del Defensor del Pueblo, los trámites procedimentales se llevarán a cabo con la más absoluta reserva respecto a los particulares y demás organismos públicos que no tengan relación con el acto o conducta investigados.

• El procedimiento finaliza con una comunicación escrita dirigida a la persona que presentó la queja, en la que se le informa sobre el resultado que haya tenido la tramitación, o la solución que se haya alcanzado, así como sobre las Recomendaciones o Sugerencias y Propuestas de mejora que, en su caso, el Defensor haya formulado para que el Organismo en cuestión mejore su actuación.